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ADIÓS AL HUMO DE CIGARRO EN SITIOS PÚBLICOS

Fernando Salinas
La reforma válida en toda la república prohíbe también la exhibición directa o indirecta de los productos elaborados con tabaco así como toda forma de publicidad. Este 15 de enero entra en vigor el decreto en el que se reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco publicado el pasado 16 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación. Con el objetivo de concientizar sobre los efectos del tabaco y preservar la salud de aquellas personas no fumadoras, así como su elaboración, fabricación, importación y prohibiciones en toda forma de publicidad, promoción y patrocinio . En los comercios donde este tipo de productos se vendan se debe retirar cualquier tipo de exhibición de los mismos, lo que se traduce en la eliminación de los muebles especiales para su almacén que vemos en las líneas de cajas. La comercializacion y distribucion de estos productos deberá contar con los sellos y leyendas correspondientes a la vigencia de los permisos establecidos, De igual manera, el decreto establece que queda prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina en los espacios de concurrencia colectiva como: -Patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos o lugares donde permanezcan o se congreguen niñas, niños y adolescentes. -Parques de desarrollo urbano, deportivos, playas, centros de espectáculos y entretenimiento, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hoteles, hospitales, centros de salud, clínicas médicas. -Sitios o lugares de culto religioso, lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas, paraderos de transporte. Asimismo, se pondrá en operación un número telefónico de acceso gratuito, a través del cual se podrán formular denuncias y quejas sobre el incumplimiento de la Ley, este Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables. La posición de la industria tabacalera La industria privada ha expresado su rechazo al nuevo reglamento para el control del tabaco, pues consideran que la exhibición de productos no es sinónimo de promoción ni publicidad, y por ello no debería prohibirse. Hicieron énfasis en lo que aseguran es un exceso de las facultades de la Secretaría de Salud con lo dispuesto en esta nueva reforma. “Sería la primera vez en el país que, por disposición oficial, se oculte un producto legal para su venta” , informaron en un comunicado. Entre las organizaciones se encuentran la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (Canacintra); la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex); la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin); la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera (Canirac); el Consejo Nacional de la Industria Tabacalera (Conainta), y la Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales (Antad).

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